Las Cajas de Previsión Social de Profesionales de la Ingeniería, de las circunscripciones 1 y 2, han presentado -para su tratamiento ante la Legislatura Provincial- un proyecto de reforma de la ley vigente que regula el funcionamiento de las mismas y el marco según el cual se liquidan aportes y cuotas al sistema por parte de los afiliados.
Respecto a este tema sensible para los profesionales de la ingeniería, el Colegio de Arquitectos del Distrito 6, tomo la tarea de analizar cuidadosamente y estudiar de manera responsable los alcances de este proyecto, con la intención de participar activamente en el debate que el propio Colegio ha promovido hacia los distintos distritos de toda la provincia, de manera de poder ejercer desde la matricula, un rol comprometido en la discusión sobre la futura norma.
“Con el objetivo de expresar las preocupaciones y que las mismas sean contempladas en la modificación de la iniciativa ingresada ante la legislatura provincial para su tratamiento, los colegas y profesionales que conforman el distrito 6 Reconquista y que participaron de los encuentros brindamos un punteo de lo expuesto”:
Se establece la obligatoriedad de afiliarse al régimen de salud, para todos los matriculados que ingresen al sistema a partir de la vigencia de la nueva ley. Este aspecto genera preocupación, en tanto limita la libre elección de los matriculados, tal como es en la actualidad y no resuelve aquellos requisitos críticos del sistema, según los cuales hoy más del 60 % de los matriculados del Distrito 6, optan por no ingresar.
Se promueve la unificación de los sistemas informáticos de ingresos por aportes, altas y bajas entre las cajas y los colegios, convirtiendo a la caja en una especie de supra poder con respecto a los distintos Colegios, en relación a la liquidación de aportes.
Se dispone que las categorías obligatorias de aportes jubilatorios, se extiendan desde la categoría 3 hasta la 6, de acuerdo a la antigüedad del afiliado en el sistema. Generando compromisos superiores a los actuales en cuanto a aportes.
La compensación de aportes por cuota, largamente solicitada por muchos afiliados y finalmente puesta en vigencia desde hace poco tiempo por el Directorio de la Caja, no queda finalmente establecida por ley, tal como en algún momento se anticipó, quedando supeditada su continuidad a disposiciones de los sucesivos directorios. A nuestro criterio, su incorporación debería estar prevista en el texto de la nueva ley.
No se plantea la posibilidad de compensar aportes acumulados por deuda de cuotas, no dando lugar a la demanda de varios matriculados, que por las intermitencias propias del ejercicio liberal de la profesión, necesitan herramientas que les permitan reinsertarse en el sistema, cuando las circunstancias laborales así lo indican y poder aspirar a jubilarse en la categoría y condiciones que correspondan.
Si bien el proyecto de ley, establece la modalidad en que los haberes jubilatorios se actualizan en el tiempo, otorga facultades al directorio para modificarla. Quitando al sistema la necesaria previsibilidad, en un tema evidentemente sensible para todos los pasivos.
En el sistema asistencial, no se incorporan mecanismos que promuevan la articulación con otras obras sociales que el afiliado disponga, No dando lugar a la posibilidad de, por ejemplo, agregar una categoría diferente a las existentes, que contemple estos casos, que son varios en el sistema y que de resolverse adecuadamente, se podría incrementar la cantidad de afiliados, que hoy voluntariamente prefieren no estar en el sistema asistencial por contar con otra obra social.
Se establece el ingreso al sistema social de entidades externas a las profesiones que integran la Caja. Si bien reconocemos que el crecimiento de la población de la obra social, puede ser importante para el mejor funcionamiento del sistema, entendemos que una decisión de esta naturaleza, debería ir acompañada de mayores precisiones, tanto sobre que tipo de entidades podrían vincularse, y cuáles serían sus contribuciones, asumiendo que una parte importante del universo de afiliados, aportan el 5% al fondo solidario.
Se prohíbe lisa y llanamente a los colegios (que son quienes gobiernan la matricula), emitir resoluciones para reducir aportes. Es importante advertir que este tipo de facultades, ha permitido al Colegio de Arquitectos firmar convenios con comunas y municipios que ha permitido regularizar situaciones de vivienda social, de ordenamiento de comunas en proceso de implementación de la legislación vigente, etc.
Vemos con preocupación que la ley no limita reelecciones. Se debería establecer que un afiliado no pueda estar más de dos periodos de tres años en el directorio.
A través de lo expuesto, queremos manifestar una vez más el deseo de que los legisladores evalúen la reforma con total responsabilidad, teniendo en cuenta los daños futuros, que una norma inadecuada, generaría al ejercicio profesional. Confiamos también en los espacios de dialogo con la propia Caja de Ingeniería, de manera de poder alcanzar acuerdos, previos al tratamiento legislativo.